El Gobierno nacional publicó el decreto por el cual extiende para todo el país el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) hasta el 31 de enero del año que viene.
Mediante el Decreto 1033/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández y todo su Gabinete, se extendió hasta el 31 la nueva etapa de la cuarentena.
«La medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio regirá desde el día 21 de diciembre de 2020 hasta el día 31 de enero de 2021, inclusive», se informa en el texto oficial.
En el Boletín Oficial se informó que todo el país se encuentra dentro del DISPO y que ninguna ciudad, ni ningún distrito se encuentran en aislamiento pese al incremento de casos por Covid-19.
De todos modos, en el Decreto se aclararon los puntos a tener en cuenta para seguir en la etapa del distanciamiento:
1. El sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria.
2. El aglomerado urbano, departamento o partido no debe estar definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen «transmisión comunitaria sostenida» del virus SARS-CoV-2.
3. La razón de casos confirmados, definida como el cociente entre el total de casos confirmados de las últimas 2 semanas epidemiológicas cerradas y el total de casos confirmados correspondientes a las 2 semanas previas, deberá ser inferior a 0,8. Este indicador permite observar el aumento o descenso de casos de las últimas 2 semanas en relación con las semanas anteriores. Si el indicador se encuentra entre 0,8 y 1,2 se considera una evolución estable, si es mayor a 1,2 se considera evolución en aumento y si es menor a 0,8 se considera en descenso. No será necesario cumplimentar este requisito si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo.
«Durante la vigencia del DISPO las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de 2 metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades», se expone en el Decreto publicado hoy.
También se señaló que las actividades deportivas se podrán hacer «siempre que no impliquen una concurrencia superior a diez personas cuando se realicen en lugares cerrados», mientras que permanecen prohibidos «los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20? participantes.
No obstante, se reiteró que el Jefe de Gabinete, en su carácter de Coordinador de la Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional, «podrá disponer excepciones» a todas estas limitaciones ante el pedido de los gobernadores o del jefe de Gobierno porteño.
Asimismo, volvió a destacar que «un número importante y creciente» de contagios «se origina a partir de la transmisión en eventos sociales, en los cuales la interacción entre las personas suele ser más prolongada y con mayor cercanía física».
«El país se encuentra en una etapa de disminución de casos aunque con algunas alertas por la ralentización de esta disminución en algunos departamentos, por lo que es fundamental lograr que la población continúe con las medidas de prevención. También es necesario que el sistema de salud continúe en alerta para la detección temprana de casos y que los sistemas de atención primaria se refuercen para lograr un mejor rastreo de contactos estrechos», se aclaró. (El Once)