En la mañana de este viernes, el Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial la Resolución 294/2020 del Ministerio de Transporte, que otorga mayor flexibilización en la actividad de los medios de transporte.
De este modo, los colectivos de larga y media distancia podrán disponer de un 80% de capacidad de pasajeros. Hasta ahora estaba más restringida para evitar la congestión de los servicios y minimizar las posibilidades de contagio de coronavirus.
Cabe recordar que representantes del sector, como la Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI), Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (AAETA), Cámara Argentina del Transporte Automotor de Pasajeros (CATAP) y la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros (CEAP), habían expresado “la imperiosa necesidad de modificar” la “limitación de la capacidad de transporte de los vehículos del autotransporte interurbano de pasajeros bajo jurisdicción nacional en el marco de la pandemia de COVID-19″.
Con esta habilitación, las empresas de transporte deberán gestionar la implementación con las provincias. En relación a los cuidados en los micros, en el texto oficial se remarca que “deberán extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los mismos».