El frente gremial que integran la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (Amet), la Unión Docentes Argentinos (UDA) y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), acudió con un recurso de amparo a la Justicia para que la Caja de Jubilaciones y Pensiones deje sin efecto la aplicación de la resolución N° 77, fechada el 18 de noviembre, que introdujo modificaciones en el sistema previsional.
Recurso en la Justicia
El planteo recayó en el titular del Juzgado Civil y Comercial N° 9, Ángel Moia, que ya tramitó otro planteo de los gremios, en este caso en relación a la aplicación de la Ley de Emergencia Solidaria y que resultó adverso para el Gobierno.
El caso mereció la presentación de un recurso por parte del fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes para que, mediante un “per saltum”, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) resuelva la situación planteada con fallos disímiles sobre un mismo asunto. Pero el alto cuerpo lo rechazó.
“Ajuste por goteo”
Sobre el planteo judicial, el titular de ATE, Oscar Muntes, dijo que la presentación “es una instancia más en la lucha contra el ajuste por goteo que aplica el gobernador Gustavo Bordet, quien realiza cambios parciales, sobre sectores que el Gobierno dice que tienen ‘privilegios’ con el fin de ir corroyendo derechos hasta que se encuentre con la parte troncal del árbol que tiene como finalidad cambiar el sistema de jubilaciones y pensiones de la provincia”.
Precisamente, para Muntes “ir a Justicia es una parte de la lucha, pero la principal disputa se debe dar en la calle, con los trabajadores movilizados con las medidas sanitarias correspondientes para evitar la propagación del Covid-19, porque sabemos que el gobierno viene por todo y no estamos dispuestos a ceder derechos que nos costaron arrancarle a las patronales”.
La reforma que rechazan
Respecto de la reforma en el sistema previsional, que el Frente Gremial cuestiona ahora en la Justicia, en opinión de Agmer, derogó las resoluciones 07 y 08 de 2001, “normativas éstas que instituyeron una concesión de derechos a favor de los trabajadores que pretendieran acceder a los beneficios de jubilación ordinaria especial, flexibilizando e incorporando el ´3 x 1´ (compensando 3 años de exceso de servicio por 1 año de edad) a estas jubilaciones especiales, resoluciones que equiparaban y daban trato igualitario a los beneficiarios de jubilaciones ordinarias comunes (expresamente contenidas en el artículo 39 de la Ley 8,732) con las especiales (que acceden a este 3 x 1 por la interpretación ampliatoria instituidas en las resol. 007 y 008). De tal manera, dichas normativas derogadas tenían como propósito central reparar una situación de injusticia generada a partir del carácter limitado del Art. 39 de la Ley 8732 que no contenía las jubilaciones ordinarias especiales establecidas, mediante Decreto a partir de 1994″.