El Ministerio de Salud de la Nación actualizó la definición de las personas que integran los grupos de riesgo en el marco de la pandemia de coronavirus. Según se publicó en el Boletín Oficial de la Nación, «la evidencia reconoció a la obesidad como un factor asociado a mayor posibilidad de contraer coronavirus y de sufrir evolución desfavorable de la misma».
Según se indica la resolución 1541/2020 publicada este viernes en el Boletín Oficial, la evidencia reconoció a la obesidad como un factor asociado a mayor riesgo de contraer la enfermedad y de sufrir evolución desfavorable de la misma.
«Existen múltiples mecanismos fisiopatológicos que explican esta predisposición, incluyendo presencia de un estado inflamatorio crónico, desregulación de la respuesta inmune, exceso de estrés oxidativo y producción aumentada crónica de leptina; y asimismo, el tejido adiposo podría sobreexpresar el receptor de la enzima convertidora de la angiotensina 2, implicado en la invasión intracelular del virus», señaló el texto publicado este viernes.
De esta manera, el gobierno consideró necesario modificar el artículo 3° de la Resolución N° 627/2020, procediendo a incorporar las personas con obesidad dentro de los grupos de riesgo.
A partir de este viernes 25 de septiembre son considerados como grupos de riesgo:
I. Personas con enfermedades respiratorias crónicas: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
II. Personas con enfermedades cardíacas: insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
III. Personas diabéticas.
IV. Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
V. Personas con Inmunodeficiencias: Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave.