El Juez Pablo Vírgala, rechazó la demanda de amparo promovida por Vergara Héctor Raúl contra Caja de Jubilaciones y Superior Gobierno de la provincia y se pronunció por la constitucionalidad de la Ley de Emergencia 10.806.
El Fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes, sobre la causa caratulada Vergara Héctor Raúl dijo que “el Juez Pablo Vírgala, en los autos caratulados Vergara Héctor Raúl contra Caja de Jubilaciones y Superior Gobierno de la provincia amparo con el patrocinio del Dr. Kisser, rechazó la demanda y se pronunció por la constitucionalidad de la Ley de Emergencia”.
En ese sentido Rodríguez Signes explicó que “se trata de un docente jubilado que interpretó que el artículo seis de la Ley de Emergencia 10.806 conculcaba su derecho de propiedad, su derecho a la proporcionalidad del haber jubilatorio, etc. El Juez rechazó por inadmisible la acción de amparo”, indicó el Fiscal de Estado y dijo que el Juez “Hizo un análisis muy exhaustivo del tema y no encontró ningún argumento para la procedencia de la demanda”, sostuvo.
“De manera que excepto el caso Pavón de Ezpeleta, todos los demás han sido sentencia favorables a la constitucionalidad de la ley de amparo”, manifestó y agregó: “Que resumo tenemos el caso Rombola con sentencia del Superior Tribunal de Justicia a favor de la Ley de Emergencia, el caso Cook, el caso Acuña, el caso Vergara, todos a favor en este caso en primera instancia”.
Por último, señaló que “el único caso que tenemos en contra es Pavón de Ezpeleta y por supuesto fue apelado por Fiscalía de Estado y está en trámite ante el superior Tribunal de Justicia que en este momento está resolviendo la cuestión de la integración”, concluyó Rodríguez Signes.