El día 30 de julio, se firmó el nuevo acuerdo de las paritarias de recomposición salarial, llevada a cabo por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), la Asociación de Obreros y Empleados Municipales (AOEM) a través de su Secretario General, Mario Barberán, y el intendente de Concepción del Uruguay, Martín Oliva, junto a numerosos representantes de la Municipalidad. Las partes llegaron a un acuerdo de un 8% de aumento que se abonará a partir de este viernes 7 de agosto.
En este Acta se expresaron temas de diversas índoles, pero lo principal es el aumento salarial para los empleados municipales de Concepción del Uruguay. En este acuerdo, el personal Contratado Municipal recibe un incremento de su salario de 8% en comparación con los haberes que recibían en el mes de febrero.
Asimismo, el acrecentamiento también se trasladó a los bolsillos de los empleados de la Planta Permanente Municipal, por el mismo valor que los anteriores , un 8% con respecto al salario percibido en febrero.
La negociación entre la Barberán y la municipalidad de nuestra ciudad, arrojó además, un incremento salarial para el personal Contratado Municipal Temporario, con el valor del 8% en comparación con los haberes que recibieron en el mes de junio. Siguiendo con esta línea, sumado a la mejora salarial, el Acta expresa mejoras en las condiciones laborales de los empleados y obreros municipales, sobre todo en lo que respecta a higiene y seguridad. Este acuerdo abre las posibilidades a una nueva serie de negociaciones que ocurrirán en el segundo semestre, con valores que tengan en cuenta los índices inflacionarios .
El Acta completo
En la ciudad de Concepción del Uruguay, a los treinta días del mes de julio de dos mil veinte, entre la Municipalidad de Concepción del Uruguay, representada en este acto por el Señor Presidente Municipal Dr. Martín Héctor Olvida, quien es asistido por el Sr. Secretario de Coordinación General y Jefatura de Gabinete, Dn. Yari Demian Seyler y el Secretario de Hacienda, Dn. Oscar Colombo, y la Asociación de Obreros y Empleados Municipales (A.O.E.M), representada por su Secretario General, Dn Mario Rafael Barberán; las partes acuerdan redactar las presentes a fin de dejar expresa constancia de lo acordado.
- Dar Continuidad –siempre que el status económico lo permita- a las mejoras edilicias que se encuentran hoy en ejecución en las distintas dependencias municipales (Verbigracia: Departamento de la Policía Municipal, Juzgado de Faltas, Centro Integrador Comunitario, etcétera).
- Continuar con las tareas conjuntas que vienen realizando los tribunales Administrativos y Disciplinarios.
- Profundizar el trabajo mancomunado tendiente a mejorar las condiciones laborales de las y los trabajadores municipales en cada dependencia respecto a higiene y seguridad, dando participación activa a la Comisión de Higiene y Seguridad Laboral.
- Establecer un incremento salarial para el personal de Planta Permanente Municipal de un ocho (8%) por ciento de los haberes del mes de febrero de 2020 a efectivizarse con los salarios correspondientes al mes de julio, inclusive. Dicha recomposición salarial, sumada a la ya establecida en el mes de marzo del 2020 (8%), alcanza el dieciséis (16%) por ciento de incremento con respecto al mes de febrero de 2020 constituyéndose, de esta manera, en un mínimo garantizado de bolsillo equivalente a la suma de pesos veintinueve mil cientos treinta y dos con 25/100 ($29.132,25).
- Establecer un incremento salarial para el personal Contratado Municipal de un ocho (8%) por ciento respecto de los haberes del mes de febrero del 2020 a efectivizarse con los salarios correspondientes al mes de julio, inclusive. Dicha recomposición salarial, sumada a la ya establecida en el mes de marzo del 2020 (8%), alcanza el dieciséis (16%) por ciento de incremento al mes de febrero del 2020 constituyéndose, de esta manera, en un mínimo garantizado de bolsillo equivalente a la suma de pesos veinticuatro mil seiscientos cincuenta y nueve con 04/100 ($24.659,04).
- Establecer un incremento salarial para el personal Contratado Municipal Temporario de un ocho (8%) por ciento respecto a los haberes del mes de junio de 2020 a efectivizarse con los salarios correspondientes al mes de julio, inclusive, a fin de alcanzar un monto equivalente a la suma de pesos diecinueve mil novecientos ochenta con 00/100 ($19.980,00).
- Disponer la continuidad de llamados a concursos internos a fin de cubrir las distintas áreas vacantes del organismo municipal, como así también la ratificación de las jefaturas interinas existentes.
- Con la finalidad de optimizar, fortalecer y mejorar la calidad de prestación de los distintos servicios públicos que brinda la Municipalidad de Concepción del Uruguay, se presenta como indispensable establecer diversas herramientas tendientes a la capacitación de las y los trabajadores municipales.
- Profundizar las políticas de regularización gradual del personal contratado municipal, en virtud de lo determinado mediante Acta de fecha 17 de octubre de 2019 – y siempre que la situación económica de este municipio así lo permita-, manteniendo los criterios de prelación establecidos para el ingreso a planta permanente, esto es: “A) Criterio de Antigüedad, y para el computo de la antigüedad del agente se considera su fecha de ingreso en tal condición, la que resultará del legajo personal de cada agente. B) Criterio de Número de Legajo, tomándose como referencia el número de legajo asignado a cada uno de los agentes al momento de ser contratado y conforme con su legajo, estableciéndose como prevalencia que el personal ingresará gradualmente a la planta permanente municipal, iniciando con el número de legajo de menor valor hacia el de mayor valor”.
- Determinase que, a partir del mes de agosto de 2020, se individualizará al personal municipal que haya cumplido en el corriente año los veinticinco (25) años como Agente de esta Administración a fin de efectivizar, en el mes de septiembre de 2020, la entrega de un premio consistente en una bonificación equivalente al básico de la categoría 24, de acuerdo a la prórroga solicitada mediante Nota S-898 al Honorable Concejo Deliberante. Análogamente, queda expresamente establecido que se efectivizará dicho premio a cuatro (04) Agentes por mes respecto al total de Agentes municipales que hayan cumplimentado con el requisito precedente, comenzando en septiembre de 2020.
No siendo para más, en la fecha enunciada en el encabezamiento, se da por finalizada la presente previa lectura realizada ante los comparecientes, quienes firmar tres (3) ejemplares de un mismo tenor, en prueba de conformidad.