La abogada Raquel Hermida Leyenda anunció que se sumará a la defensa de Nahir Galarza, condenada a perpetua por el homicidio de Fernando Pastorizzo, y aseguró que irá tras un juicio «con perspectiva de género».
Leyenda representó a víctimas de violencia de género y delitos contra la identidad sexual. Los casos más resonantes en los que participó en ese rol son los del actor Juan Darthés y el jugador Aléxis Zárate. Ahora, integra la defensa de Galarza, tras las gestiones realizadas ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER). «Ya está. Acepté la defensa de Nahir Galarza. Buscamos un juicio con perspectiva de género», escribió la letrada en su cuenta de Twitter. Tras la designación de Leyenda, se sumarán psicólogos y médicos psiquiatras, para colaborar ante la presentación en la Corte. Esta incorporación se produce luego de que el STJER rechazara el pedido de arresto domiciliario presentado por los abogados de Galarza, en el marco la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus. El mismo Tribunal fue el que el 4 de marzo rechazó otro planteo para que sea impugnada su condena a prisión perpetua por el delito de «homicidio calificado por ser una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja», lo que motivó que la defensa recurra a la Corte de la Nación. El crimen de Pastorizzo fue cometido la madrugada del viernes 29 de diciembre de 2017, cuando el joven fue encontrado en una calle de Gualeguaychú con un tiro en la espalda y otro en el pecho, junto a su moto y dos cascos tirados en el suelo. Inicialmente, Nahir dijo que había visto a su ex novio la noche anterior al crimen, aunque ante la sumatoria de indicios en su contra quedó detenida y en una segunda declaración reconoció que lo había matado pero que había sido de manera «accidental». El 3 de julio de 2018, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú la condenó por unanimidad a prisión perpetua por considerar que «ha quedado destruida la hipótesis de la defensa de que los disparos se produjeron de manera involuntaria», fallo que fue confirmado en julio de 2019 por la Sala II de la Cámara de Concordia.