La Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado de la Nación resolvió pasar a la firma el dictamen de un proyecto de ley presentado por el oficialismo que pretende aumentar las multas por la difusión de conversaciones privadas y que agrava las penas cuando se trata de documentos de índole sexual.
El proyecto que pasó a la firma, defendido por la senadora por el Frente de Todos Claudia Ledesma, aumenta la pena de multa para quien revele charlas privadas, llevándola de los actuales 1.500 pesos a entre 10 mil y 100 mil pesos a quien «tenga una correspondencia, una comunicación electrónica, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, no destinados a la publicidad y los hiciera publicar o facilitare su publicación si el hecho causare o pudiere causar perjuicios a terceros».
Desde Juntos por el Cambio propusieron que hubiera, además de la pena monetaria, una pena de prisión pero el oficialismo se opuso.
«Sugiero que saquemos dictamen sin modificar el agravamiento de las penas, sin perjuicio de que lo dejemos planteados. No estaría mal un despacho de minoría proponiendo esto. He sido víctima de un hecho así. Pero si agravamos las penas van a intentar decir, cargando las tintas en mí, que fui yo el responsable de que sin difusión ni plantearlo antes, se modificaron las penas para aquellos que difundieran comunicaciones», explicó el presidente de la Comisión, el oficialista neuquino Oscar Parrilli.
El proyecto, además, propone una pena de «prisión de tres meses a tres años y el doble de la pena de multa al que por cualquier medio y sin expresa autorización difundiera o pusiera al alcance de terceros documentos obtenidos en un ámbito de privacidad con contenido de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas, incluso mediando consentimiento de la víctima».
La iniciativa establece que «cuando la conducta fuera realizada transgrediendo la presunta expectativa de intimidad o con ánimo de lucro se aumentará la multa en un tercio del mínimo o del máximo».
Finalmente, se reprimirá con «prisión o reclusión de tres a ocho años, al que por amenazas de imputaciones contra el honor» difunda documentos con contenido obtenido como «consecuencia de una relación íntima o de violación de secretos».