En virtud del Decreto Municipal N° 26.369, que autoriza las actividades y practicas náuticas, deportivas y/o recreativas – no competitivas, con uso de embarcaciones a motor, la Prefectura jurisdiccional recuerda una serie de recomendaciones para que las mismas se realicen de forma segura, en el horario establecido de 08.00 a 17.00 horas, acorde el art. 3 del referido Decreto deberán utilizar la embarcación solo al 50% de su capacidad habilitada y por el mismo grupo familiar.
Actuar con prudencia, evitar navegar con mala visibilidad o mal tiempo, consultando la existencia de alertas meteorológicos y recordar que se mantiene vigente el cierre de frontera. Los menores de edad siempre deben ir acompañados y usar chaleco salvavidas, el responsable de la embarcación debe tener a bordo la documentación habilitante que acredita la posesión o autorización de conducción. Los botes a remo, en el horario establecido de 10.00 a 17.00 horas, deberán navegar cerca de la costa y lejos del canal de navegación comercial y previo realizar el rol de salida en el club o guardería náutica.
Se encuentra prohibido el consumo de alcohol y/o cualquier otro tipo de sustancia que pongan en riesgo la vida propia y/o la de terceros. Elementos básicos de seguridad: Chaleco salvavidas, Bengalas de mano, Botiquín de Primeros Auxilios, Kit de supervivencia y reparaciones, Balde o achicador, Equipo de Comunicación (VHF) y GPS, silbato, Matafuego y Cabo de vida. Ante cualquier consulta, se debe comunicar con la Dependencia Jurisdiccional teléfono 03442-425504 y o 106 “Emergencias Náuticas” y Servicio Marítimo VHF-Canal 16 L8T.