Ante el vencimiento: Extienden por seis meses más la doble indemnización


El gobierno optó por prorrogar por 180 días más el instrumento que penaliza con doble indemnización los despidos sin justa causa. En las últimas horas, las dudas al interior del ejecutivo recaían en que la medida choca con la prohibición de despidos instrumentada meses atrás y prorrogada recientemente.


El Gobierno decidió extender hasta fin de año la vigencia de la doble indemnización, el mecanismo que penaliza los despidos sin causa y que rige desde diciembre pasado cuando lo firmó Alberto Fernández a poco de asumir. La prórroga, en línea con lo que había pedido la CGT y como anticipó ayer Ámbito Financiero, se dará a conocer en las próximas horas a través de un decreto de necesidad y urgencia que regirá en paralelo con la prohibición de despidos y suspensiones, vigente hasta fin de julio.


La medida apuntará a poner un freno a las cesantías y en particular a las indirectas: es decir aquellas en las que el empleador, en lugar de enviar un telegrama, intenta forzar la desvinculación con el incumplimiento de sus obligaciones hasta hacer que el dependiente se considere despedido. Se trata del atajo más habitual detectado por el Ejecutivo junto con los supuestos acuerdos de retiros voluntarios, considerados un fraude laboral.


La doble indemnización fue impuesta por la administración de Alberto Fernández en diciembre pasado a instancias del DNU 34/2019 que declaró por 180 días la emergencia ocupacional. Se trata de una medida menos drástica que la prohibición por tratarse de una penalidad para el empleador consistente en duplicar el pago de los rubros indemnizatorios durante su vigencia y que sólo dejaba al margen las contrataciones efectuadas después de la publicación de esa norma. El plazo vencía entre este miércoles y el sábado y la CGT, como informó Ámbito, había pedido extenderlo.

El debate que se había planteado en el Ministerio de Trabajo giraba en torno del eventual choque entre la vigencia de la multa indemnizatoria como disuasión frente a los despidos y la directa prohibición que estableció el DNU 329/2020 y la prórroga, hasta julio, del 487/2020. En la cartera laboral explicaron que más allá de que los últimos decretos impedían en teoría cualquier desvinculación unilateral no alcanzaban para evitar el despido indirecto. Así, cerca de Moroni entienden que la subsistencia de la duplicación indemnizatoria operará como elemento extra para la búsqueda de alternativas por parte del empleador.

En lo que va de la pandemia en la Argentina el mercado laboral mostró un panorama sombrío. Sólo en marzo, primer mes de la cuarentena y con dos tercios de actividad, hubo más de cien mil puestos de trabajo que se perdieron.