Desde la Municipalidad de Concepción del Uruguay se dieron a conocer medidas de índole económicas y tributarias destinadas a contribuyentes afectados por la suspensión de actividades a causa del «Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio» dispuesto por el Gobierno nacional en el marco de la pandemia del Coronavirus.
Se trata de medidas que implican moras, corrimiento de vencimiento y condonaciones de multas de las diferentes tasas municipales, tanto las de TGI y Obras Sanitarias como de las tasas de comercio.
El detalle de las medidas es el siguiente:
1) Tasas General Inmobiliaria y de Obras Sanitarias:
a) El Municipio de Concepción del Uruguay propone que las tasas tengan como único vencimiento el 30 de abril manteniendo el importe del primer vencimiento sin aplicar recargo alguno.
b) Los locales que permanecieron cerrados en esta cuarentena podrán solicitar la prórroga de esta tasa mediante nota dirigida al Secretario de Hacienda. Se tomará el período que dure el aislamiento social más un mes; y los importes serán distribuidos en los seis meses siguientes. Esto no hará perder el beneficio de Buen Pagador.
c) Se prorrogarán para el mes posterior a la última cuota del plan vigente las cuotas que vencieran en el período del «Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio». Para esta postergación no habrá recargo, ni intereses y se mantendrá la vigencia del plan.
2) Tasa de Comercio, Higiene y Profilaxis:
a) A los contribuyentes de las categorías A y B del Monotributo que permanecieron cien por ciento cerrados, se les eximirá de pagar el mínimo en los meses de cuarentena a partir de abril. Para ello deberán presentar una Declaración Jurada que emitirá la Secretaría de Hacienda municipal.
b) Se prorrogarán para el mes posterior a la última cuota del plan vigente las cuotas que vencieran en el período del «Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio» sin recargo, sin intereses y se mantendrá la vigencia del plan.
3) Se suspenderán por 90 días los juicios de apremio.
4) Se eximirán de multas por pagos fuera de término a los contribuyentes afectados por la cuarentena.
5) Se gestionarán créditos orientados al sector comercial para paliar los perjuicios ocasionados por la cuarentena. Se otorgará asistencia financiera a tasas subsidiadas a pequeñas empresas y comercios que sufrieron la paralización de actividades.