El Departamento Ejecutivo Municipal a través de un decreto fijó los horarios para la atención al público en los comercios habilitados para abrir durante este Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
Una medida que ya se había comenzado a aplicar en otras localidades y que también llegó a Concepción del Uruguay, es la definición de horarios topes para diferentes tipos de comercios durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. El mismo se dispuso a través del Decreto Nº 26307 firmado por el Intendente Martín Oliva este miércoles 25 de marzo de 2020.
Supermercados mayoristas y minoristas, autoservicios y las ferreterías mayoristas y minoristas, deberán abrir de 8.00 a 17:00 como máximo, en horario de corrido o fraccionado, de lunes a domingo, incluyendo días feriados, mientras continúe la actual situación de excepción.
Por su parte, los comercios minoristas de proximidad, almacenes, despensas, Kioscos, “24 horas”, “Polirubro” y cualquiera de sus denominaciones populares que identifique a este tipo de locales contemplados en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297 del Gobierno Nacional, el horario de atención al público será de 8 a 20 como máximo, de corrido o fraccionado, de lunes a domingo, incluyendo días feriados, mientras continúe la situación de aislamiento.
El Decreto 26.307; basado en las normativas nacionales, contempla excepciones para las organizaciones comerciales comprendidas en los rubros: farmacia, veterinaria, expendio de combustibles, reparto de comidas (deliverys) y servicios de guardia, ya que poseen horarios diferenciados.
Estos horarios comenzaron a regir desde este miércoles 25 de marzo de 2020, lo cual fue notificado a cada comercio por el municipio. Además, el Municipio informó que ya se encuentra organizando los controles de los comercios de la ciudad para informar y hacer cumplir las medidas dispuestas.
𝐇𝐢𝐠𝐢𝐞𝐧𝐞 𝐲 𝐬𝐞𝐠𝐮𝐫𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐞𝐧 𝐥𝐨𝐬 𝐥𝐨𝐜𝐚𝐥𝐞𝐬
Por otra parte, las autoridades municipales anunciaron que el Decreto también contempla normas de higiene y seguridad que los comercios habilitados deberán cumplir:
– Disponer de personal específico destinado a controlar el acceso al público.
– Alcohol en gel para higienizar las manos de cada uno de los usuarios.
– Evitar aglomeraciones manteniendo la distancia social entre los asistentes.
– Señalizar los lugares de espera en los que también se deberá mantener una distancia de un metro y medio como mínimo entre clientes.
– Disponer en los establecimientos banners, audios y materiales de prevención del Coronavirus.
– Supermercados, autoservicios y ferreterías deberán atender al público con no más de veinte (20) usuarios dentro del local.
– Garantizar las condiciones generales de higiene y las medidas recomendadas para la prevención de infecciones respiratorias.