El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ), mediante acuerdo especial, dispuso hoy por unanimidad que hasta el 30 de junio de 2020 no se active el mecanismo previsto en el artículo 1º) de la Ley 10.068.
La medida se adoptó considerando la situación económico-financiera que afecta a la provincia de Entre Ríos y a la Nación.
El ámbito judicial se encuentra regido por la Ley 10.068, normativa que se plasmó en el año 2011, luego de la conformación de una comisión de análisis y propuesta en materia salarial integrada por vocales del STJ, titulares de los Ministerios Públicos, representantes de la Asociación Judicial de Entre Ríos (AJER) y de la Asociación de la Magistratura y de la Función Judicial de Entre Ríos (AMFJER), lográndose que a las remuneraciones se les aplicara en forma automática todo incremento dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para los haberes de la Justicia nacional.
Los integrantes del alto cuerpo entendieron que resulta fundamental defender la vigencia de la Ley 10.068 y por tal motivo se consensuó sostener en forma unánime la defensa irrestricta del sistema salarial del Poder Judicial de Entre Ríos que consagra la referida ley.
El acuerdo especial lleva las firmas del presidente del STJ, Martín Carbonell; del vicepresidente, Germán Reynaldo Carlomagno; y de los vocales Daniel Carubia, Bernardo Salduna, Susana Medina, Claudia Mizawak, Emilio Castrillon, Juan Ramón Smaldone y Miguel Ángel Giorgio. �