El viernes el tribunal de Concepción del Uruguay, condenó al joven misionero Miguel Cardenal Dosantos, de 24 años, por matar de una puñalada al menor de 15 años, Jonathan Daniel Monzón, el 26 de junio de 2011, en el barrio San Francisco de Colón. El juicio se celebró en dos jornadas realizadas en la Sala de Audiencias de la Cámara Penal, la última de estas el viernes, día en que los vocales Pablo Seró,
Fabián López Moras y Gustavo Pimentel dictaron una pena de 8 años. Vale destacar que como fiscal de Cámara, se desempeñó el doctor Diego Young, y como querellante, Luís Núñez, en tanto que la defensa estuvo a cargo de los defensores oficiales, Alejandrina Herrero y Nicolás Gazali.
Tanto la Fiscalía como la Querella, apuntaron que el hecho estaba plenamente probado, argumentando que «el misionero», había atacado inexplicablemente al adolescente que estaba solo observando lo que estaba pasando, sin estar involucrado con los contrincantes de la familia Cardenal Dosantos. Los letrados afirmaron que el imputado atacó de manera desproporcional al menor, al que tomó de las ropas cuando este se encontraba tirado en el piso e indefenso, asestándole la puñalada en el pecho de manera artera, recordando además que el acusado había lesionado gravemente a otra persona de apellido Aguet, hecho que no fue investigado o incluido en la instrucción, a la que consideraron deplorable, ya que no se habían incorporado importantes elementos, ni investigado otros hechos como el mencionado y el posterior incendio y destrucción de la casa de la familia Cardenal Dosantos, informó el sitio 03442.
Ante esta postura, el fiscal solicitó la pena de 8 años de prisión por el delito de homicidio simple, tras lo cual el querellante, pidió la pena de 8 años y cuatro meses, bajo la misma acusación. A su turno, los defensores oficiales, intentaron desligar a su defendido del homicidio simple al señalar que la familia del homicida fue atacada por una multitud, siendo cuatro personas defendiéndose de 15, 20 o hasta 40 atacantes, según señalaran los testigos, razón por la cual argumentaron- Miguel Cardenal Dosantos salió a defender a su gente y la propiedad de su padre, donde además se encontraban sus hermanitos menores de edad (…) Tras el alegato, los doctores Gazali y Herrero solicitaron la absolución amparando ese acto en la legítima defensa, o en su defecto, se lo condenara por el exceso en la legítima defensa.
Luego de un cuarto intermedio, el Tribunal dio a conocer la condena, confirmando que se encontró a Miguel Cardenal Dosantos, responsable del homicidio simple, imponiendo una pena de 8 años de prisión efectiva, estableciendo que podrá permanecer en libertad hasta tanto la misma quede firme, no descartándose que la defensa apele la medida.