Bibliotecarios: cambios en el régimen jubilatorio

La presidenta del bloque UCR en Cambiemos en la Cámara Baja provincial, Gabriela Lena, presentó en un proyecto de ley para que se reconozca el carácter docente de los servicios que prestan los bibliotecarios en los establecimientos educativos provinciales de diferentes niveles y modalidades. Esto implicaría una modificación al artículo 37° de la Ley N.º 8.732 que estipula el régimen de jubilaciones y pensiones para el personal provincial y municipal.

“Si la iniciativa legislativa tiene trámite favorable los bibliotecarios tendrían las mismas prerrogativas que los docentes, preceptores y celadores, pudiendo acceder a la jubilación ordinaria a los 54 años de edad, para el caso de los varones, y a los 52 para el caso de las mujeres; en ambos casos con 25 años de servicios al frente de alumnos”, se informó en un comunicado.

En los fundamentos, Lena manifestó “que el proyecto es una petición de la comunidad de los bibliotecarios que solicitan acceder al beneficio de la Jubilación Ordinaria Especial en igualdad de posibilidades respecto al personal docente, destacando que el rol de los mismos es, a la vez, técnico-organizativo y también gestor de procesos pedagógicos y de servicios”. Lena mencionó, además, la Circular Nº6/17 DEP que en su anexo señala que el Bibliotecario Escolar «provee a los alumnos competencias para el aprendizaje a lo largo de toda su vida y, contribuye a desarrollar su imaginación, permitiéndoles que se conduzcan en la vida como ciudadanos responsables», lo que daría cuenta del rol pedagógico del bibliotecario.

«Si bien en el momento de la planificación, la función del bibliotecario es sin grado a cargo, su trabajo con los alumnos, debe ser en pareja pedagógica con el docente a cargo del grado. Este trabajo articulado debe permitir al docente encontrar en el bibliotecario su apoyo y asesoramiento permanente. Así también el alumno debe reconocer en el bibliotecario la posibilidad de encontrar el acompañamiento para convertirse en un usuario autónomo. Plantea un equilibrio entre el aspecto técnico y pedagógico», expresó Lena en los fundamentos.

Como antecedentes la legisladora señaló la normativa previsional de la provincia de Buenos Aires que considera a los bibliotecarios como docentes al frente directo de alumnos, dentro del proceso de enseñanza-aprendizaje. Además mencionó que en 2009 se sancionó la Ley N.º 9933 que amplió los Derechos de los Preceptores y Celadores docentes, quienes son, ahora, considerados frente a alumnos.