Sidecreer: Canosa condenado a tres años

El ex presidente de Sidecreer Juan José Canosa, fue condenado este miércoles a 3 años de prisión en suspenso por el delito de Negociaciones incompatibles con la función pública más inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

 

Los jueces Alejandro Grippo, Alejandro Cánepa y Gustavo Pimentel, consideraron la responsabilidad imputada al ex funcionario pero difirieron con los fiscales Juan Malvasio y Santiago Brugo respecto del monto de la pena. Hace una semana atrás, los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) habían reclamado que se lo condene a 5 años y medio de prisión efectiva, más inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. En tanto, los defensores Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez habían pedido la absolución de Canosa.
En la lectura del veredicto, los magistrados entendieron que Canosa sí fue funcionario público y se interesó en contratar a firmas proveedoras de bienes o servicios, compuestas por sus propios familiares o amigos. Incluso, en un pasaje de la parte resolutiva de la sentencia se señaló que Texmer, una de las sociedades contratadas por Sidecreer, se conformó para hacer negocios con la tarjeta estatal cuando ni siquiera contaban con un facturero.

Otro párrafo se le dedicó a Excelcom que había sido contratada por Sidecreer en una sola oportunidad antes de que Canosa condujera la tarjeta estatal y que, desde 2008 en adelante -cuando el ex funcionario comenzó a presidir la empresa estatal- Excelcom fue contratada por Sidecreer sin excepción.

“La misma mecánica se advirtió también en las contrataciones con JDR Construcciones, del tío político de Canosa, que contrató sólo bajo la Presidencia -del acusado- a partir de contrataciones directas, sin competencias de oferentes, cuyos pagos fueron realizados por Canosa”, leyó el presidente del Tribunal, Alejandro Grippo.

Los jueces entendieron que Canosa es responsable de las negociaciones incompatibles con la función pública. Pero disintieron con la Fiscalía en cuanto a la valoración de la pena. “No puede valorarse como un agravante la búsqueda de lucro por parte de Canosa, porque es obvio que esa búsqueda fundamenta la punición de las negociaciones incompatibles”. En cambio, el tribunal sí admitió que no pudo considerarse como atenuante el hecho de que los integrantes de las firmas contratadas por Sidecreer estuvieran atravesando una situación de “miseria o necesidad”. El tribunal sí compartió con la defensa en el caso de los atenuantes. “Inexistencia de antecedentes y la no existencia de daño patrimonial” contra el Estado. “El tribunal concluye que la pena solicitada por la fiscalía es elevada”.