La Justicia Electoral habilitó el sistema de consultas de infractores de las PASO

La Justicia Electoral habilitó el sistema de consultas de infractores de las PASO
Quienes no aparecen en el registro son aquellos ciudadanos que emitieron su voto o justificaron su ausencia electoral debidamente

La Justicia Electoral habilitó el sistema de consultas de infractores de las PASO
Quienes no aparecen en el registro son aquellos ciudadanos que emitieron su voto o justificaron su ausencia electoral debidamente

Paraná.(RN). La Cámara Electoral habilitó el sistema de consultas de «infractores al deber de votar» , una página web que permite, al introducir el número de DNI, verificar la información sobre quiénes emitieron su sufragio el 11 de agosto pasado y quienes no, por lo que deberán regular su situación.

En el registro figuran todos aquellos electores de entre 16 y 70 años que no hayan emitido su voto en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y no hayan justificado debidamente su omisión ante la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio dentro de los 60 días posteriores a la elección.

Quienes no aparecen en el registro son aquellos ciudadanos que emitieron su voto o justificaron su ausencia electoral debidamente.

En caso de que un elector aparezca en el registro pese a haber votado podrá solicitar a la autoridad competente su exclusión del registro de infractores. Para ello deberá presentar el troquel que comprueba su sufragio. Si lo perdió podrá solicitar que se verifique su firma en el padrón.

«Cuando no se vote en uno de los actos electorales -primarias o generales- la multa será de $50. El monto de la segunda infracción será de $100 y se acumularán a los $50 de la primera infracción», comunicó la Justicia Electoral.

La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la justicia nacional electoral .

Quienes no hayan votado en las primarias pueden hacerlo en las elecciones generales. (RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck