Desde la Comisión Administradora del Río Uruguay recordó que el período de veda del dorado según la resolución número 8/98, para la pesca comercial y deportiva, va desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de este año. Por resolución número 82/17, se modificó el artículo 2º de la número 08/98, del 20 de marzo de 1998, que quedó redactado de la siguiente manera: “Establézcase el siguiente período de veda para la protección del dorado Salminus brasiliensis pesca comercial y deportiva desde hoy y hasta el 31 de diciembre de 2017”. En este sentido, desde la Secretaria Técnica explicaron que el dorado realiza migraciones reproductivas regulares en los ríos de las cuencas donde todavía habitan.
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