Subsidio para niños con enfermedades graves de largo tratamiento

 Juan Manuel Huss diputado nacional por Entre Ríos, presento un proyecto de ley para crear Subsidio Solidario y Universal para el acompañamiento del los niños y adolescentes que padecen enfermedades graves de largo tratamiento. El objetivo es brindar una ayuda económica a las familias que atraviesan  esta situación

 El Subsidio Solidario y Universal tiene por objetivo brindar una ayuda económica a los padres, madres, tutor y o encargado de niños, niñas y adolescentes que se encuentren sometidos a tratamientos o procedimientos médicos por enfermedades consideradas graves, detalla el proyecto de ley. Busca otorgar el equivalente a un Salario Vital y Móvil (SVM) a ambos padres del paciente, tengan o no trabajo registrado, con el fin de aliviar los gastos ocasionados por la internación del menor o el tratamiento al cual sea sometido el niño, niña o adolescente.[sociallocker][/sociallocker]

Según se establece en la iniciativa presentada, los fondos del Subsidio deberán ser aportados por el Estado Nacional, a través de partidas especiales presupuestarias asignadas al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, que deberán garantizar que el equivalente a un SVM esté depositado del 1º al 10 de cada mes.

 Podrán acceder todos aquellos que tengan o no trabajo registrado, perciban la Asignación Universal por Hijo o alguna pensión no contributiva, jubilación y/o cualquier tipo de ingreso. Se prevé que para poder acceder al beneficio, deban presentar certificación médica de la patología que presente el menor de edad, emitida por cualquier institución médica, ya sea pública y/o privada de nuestro país, o bien por institución de similares características de otro país.

Además se establece que el Subsidio Solidario y Universal dejará de percibirse una vez que el profesional y/o la institución entregue el alta médica del menor, o bien a partir de deceso por razones de la enfermedad del niño, niña o adolescente y cuya certificación deberá ser entregada a las 48 horas de producida el alta o de haber emitido el certificado de defunción.