El administrador del portal web El Disparador Uruguay estará sentado en el banquillo de los acusados para responder por una querella promovida por el secretario Hacienda, contador Oscar «Cacho» Colombo, acusado de calumnias e injurias por una Carta de lectores firmada. El periodista de nuestra ciudad, Juan Carlos Botta, fue acusado por calumnias e injurias por lo que deberá defenderse ante un tribunal penal tras la denuncia del contador Oscar «Colombo, secretario de Hacienda de la Municipalidad de Concepción del Uruguay durante la gestión de Carlos Schepens y la actual administración de José Lauritto. El caso fue caratulado «Botta Juan Carlos s/ querella por calumnias e injurias s/injurias Nº OGA 025/15».
Carta de un lector
La denuncia, promovida por el funcionario municipal, se ocasionó por la publicación de una carta de lectores con detalles por un presunto enriquecimiento. Al momento de la presentación de la demanda el juez actuante era el Dr.Rojas. La causa avanzó hasta la instancia de Juicio Oral. El caso ahora quedó a cargo de Alejandrina Herrero en virtud de la jubilación de juez inicial y este lunes 4 de abril se inicia el debate en un juicio oral y público por esta causa que tramita ante el Juzgado de Garantías y Transición Nº2, en los Tribunales de Concepción del Uruguay. Este caso llamó la atención de muchos periodistas y medios de comunicación e instituciones vinculadas, ya que representa una violación a normas nacionales e internacionales en materia de libertad de expresión. La Ley 26.551 especifica claramente que no son consideradas calumnias e injurias «las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas.
Tampoco configurarán delito de injurias los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público» en el artículo 2. El caso no cierra en la Ley, sino que además fue una publicación de carta de lectores que fue firmada por un tercero, en este caso Cristian Agostini. «Todo se inicia con la carta de lector, yo la publiqué como la enviaron, con la firma y todo como se debe, y ahí llegó la primera carta documento por parte de Colombo», relata Botta en entrevista con La Prensa Federal. El documento publicado acusa al funcionario de enriquecimiento ilícito. En el texto se nombra a quien en ese momento era concejal, Verónica Magni por haber solicitado un pedido de informe. Al respecto, Magni respondió a las consultas de La Prensa Federal y negó la existencia de trámite o gestión alguna, como indicaba la carta de lectores.
Quien acusa
Oscar Colombo, está en la función pública como secretario de hacienda desde la administración Schepens, y fue confirmado por la actual gestión municipal en el mismo puesto. «Esto tiene también connotación política, por quienes además lleva como testigos», refiere Botta a los testigos que se presentarán a declarar el próximo 4 de abril como sustento del testimonio de Colombo. Los nombres llaman la atención, en su mayoría son funcionarios de la gestión actual, como el Secretario de Gobierno, Ricardo Vales o el secretario privado del actual ministro de producción y ex intendente Carlos Schepens, Franco Ferrari. También se suma la ex Directora de Desarrollo Social, Rocío Aranda que actualmente desempeña sus tareas en la Secretaría de Trabajo y el ex concejal del oficialismo local Héctor Montenegro. Nombres que despiertan la atención de quien relaciona poder público y lo enfrenta a la prensa en esta causa. Acusado «A mi esto me fortalece, pero me parece una locura que con esto intenten criminalizar al periodismo y que no entiendan que sus cargos y funciones son públicas», afirma Juan Carlos Botta, no sólo en su defensa, sino en defensa de la prensa en general.
«Tenemos que terminar con esta corrupción, no la voy a terminar yo, pero desde mi parte voy a seguir no me van a condicionar, pero no quisiera que condiciones a otros medios de que mira si escribís de este o de aquel te pasa esto», refiriéndose a la situación que está viviendo donde un funcionarios públicos atentan contra la libertad de expresión. Apoyo a la libertad de expresión La Asociación de Periodistas del Departamento Uruguay (APDU) rechazó públicamente lo que considera una persecución penal contra Botta e hizo «un llamado de atención a las autoridades del Poder Judicial de Entre Ríos ante la tramitación en el fuero penal de una demanda judicial por calumnias e injurias iniciada por parte de un funcionario público municipal (…) contra el periodista uruguayense Juan Carlos Botta, en temas de interés público, ya que desde 2009 rige la Ley Número 26.551 que lo prohíbe explícitamente para estos casos». A esta nota se sumaron muchos medios de comunicación de la ciudad.
El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), también se sumó al apoyo difundiendo un comunicado en rechazó el accionar de la justicia entrerriana por considerar que «la demanda por calumnias e injurias iniciada contra el periodista Juan Carlos Botta debe tramitarse en el fuero civil y no en el ámbito penal, ya que no se tratan de aspectos de la vida privada de Colombo los que están en discusión, sino que el texto publicado por el medio de prensa aborda temas de interés público como el accionar de Colombo en la función pública». Además solicitaron «a las autoridades del Poder Judicial de Entre Ríos a no criminalizar el ejercicio periodístico, y a girar ésta causa y las próximas demandas sobre calumnias e injurias vinculadas a temas de interés público al ámbito civil, respetando la legislación nacional que rige en todo el territorio nacional». Porque recordemos que quienes acusan y apoyan la denuncia son funcionarios públicos actuales, a pesar de que los hechos ocurrieron en la anterior gestión, y sus funciones son públicas correctas o incorrectas también hoy y comunicadas por todos los medios de comunicación.
La palabra jurídica
Por el Dr. Diego Young
El propietario del portal web «El Disparador», Juan Carlos Botta, publicó una carta de lectores, del señor Cristian Agostini, donde se criticaba a quien fuera Secretario de Hacienda de la Municipalidad durante la gestión de Carlos Schepens. Le imputaba algo así como Enriquecimiento Ilícito. El funcionario inició querella ante los tribunales locales, en el fuero penal, que es el lugar donde por ley le correspondía, pues se trataba, según él, de la imputación de un delito. Distintas asociaciones de medios y periodistas hablaron desde entonces de la tentativa de «criminalizar el periodismo». El próximo 4 de abril distintos funcionarios están citados como testigos a propuesta de la parte querellante. En esta materia debería tomarse en cuenta distintos aspectos, que no parecen advertirse hasta el momento.
El lugar se trató de una carta de lectores, con firma, por lo que la jurisprudencia indica claramente que la responsabilidad se traslada directamente al firmante. El sitio web es el medio, y al no haber agregado nada no tiene responsabilidad alguna. En segundo lugar se omite la circunstancia de que está vigente, por vía jurisprudencial y en forma reiterada desde la sentencia «Vago c/Ediciones La Urraca. S. A.» de la Sala A de la Cámara de Apelaciones Civil de la Capital Federal, del 12 de junio de 1990, doctrina que después reiteró la Corte Suprema en «Morales Solá» en Fallo 319:2741, del 12 de noviembre de 1996, el principió sentado en «New York Times c/Sullivan», que sienta la doctrina de la «real malicia». Esta doctrina determina que quien querella ante la posibilidad de una injuria o una calumnia, debe probar que el periodista o el medio actuó con dolo o con una «imprudente y notoria despreocupación» en el manejo de la información.
Pero es el querellante quien debe probar lo que se llama malicia, que incluye la posibilidad dolosa correspondiente. Véase además que en principio lo afirmado y que presuntamente lesiona al querellante no corre por cuenta del periodista, y en segundo lugar que desde siempre se admite que la prensa es también un canal de crítica y control, necesarios en toda sociedad democrática. Ya Vélez Sarsfield decía en la Convención de 1860 cuando se introduce el artículo 32 de la Constitución Nacional que la «libertad de prensa es el derecho que se reserva al pueblo una vez que ha elegido a sus gobernantes». Es decir que es un derecho democrático, y uno de cuyos deberes es el control. En una enorme cantidad de fallos la Corte Suprema ha cristalizado esta doctrina. El funcionario público no puede molestarse por la crítica, pues su actuación está necesariamente expuesta a ella. Todo exceso que llegue a nivel de «malicia» debe probarse por quien dice haber sido agraviado. Este es el criterio habitual de nuestra Corte Suprema de Justicia.
Respecto al patrimonio de los funcionarios públicos
Los funcionarios entrerrianos entregan la documentación en un «sobre lacrado y firmado de carácter secreto», según fija el artículo 9 de la ley 3886, Sancionada en 1953. Un proyecto de ley, que establece la obligación de presentar anualmente las declaraciones de bienes y prevé la publicación de la documentación en Internet, obtuvo media sanción en el 2010 del Senado, pero su tratamiento no prospera en la cámara de Diputados. Según ese proyecto la ética pública constituye un valor social que hace a la esencia del sistema republicano. El conocimiento de la evolución patrimonial de los funcionarios debe ser un principio básico de cualquier gobierno. Para los todos los casos es fundamental que la ciudadanía pueda controlar el avance patrimonial de los que administran. El tema de las declaraciones juradas y de la ley ética pública que la provincia no resuelve, es una demostración de otra deuda pendiente de nuestros legisladores en cuanto al acceso a la información.