“No podemos terminar el mandato sin reglamentar la ley de comunas”.Cresto aseguró que es lo que le dice a sus pares del Senado. Remarcó que la ley hará “que se desarrollen 200 pueblos de la provincia”.
“No podemos terminar el mandato sin reglamentar la ley de comunas”.Cresto aseguró que es lo que le dice a sus pares del Senado. Remarcó que la ley hará “que se desarrollen 200 pueblos de la provincia”.
Paraná.(RN).El presidente del monobloque del Senado provincial, Enrique Cresto (Concordia), aseguró este viernes que buscará culminar su gestión sancionando la ley de comunas, una de las mandas de la Constitución de 2008 que aún espera avance en la Legislatura. “Hay que ponerse a trabajar en reglamentar”, asumió Cresto, al ser consultado sobre la falta de operatividad, por ejemplo, del artículo 217 que dispone el acceso por concurso en los organismos de control tras la polémica por la designación del ex ministro urribarrista Guillermo Smaldone frente al Tribunal de Cuentas. En esa línea, volvió a plantear que su ocupación está en la reglamentación del mandato que promueve a comunas a las juntas de gobierno. “Yo ahora, por ejemplo, estoy peleando y le digo a los senadores que no podemos terminar el mandato nuestro sin que esté reglamentada la ley de comunas, que está en la Constitución y que hace que se desarrollen 200 pueblos en la provincia, que son las juntas de gobierno”, apuntó, en diálogo con el programa “En el dos mil también” que se emite por FM Nueva Litoral y reprodujo Recintonet.
Como ya dio cuenta en reiteradas oportunidades este portal, la imposibilidad de estas administraciones de contar con una coparticipación actualizada es una de las consecuencias de la falta de avance de la normativa, lo que impacta en definitiva en la autonomía que buscaba darle la nueva Constitución. Frente a un año electoral, la norma apuntaría a salvar las diferencias que hoy existen entre los circuitos electorales, ya que muchos vecinos votan en juntas de gobierno en las que no viven.
Cabe recordar que la Cámara Baja sancionó en el mandato anterior una iniciativa que legislaba sobre esta materia, pero nunca conformó al Senado, que trabajó en otra propuesta que hasta ahora no ha sido aprobada. En Entre Ríos hay unas 196 juntas de gobierno y se estima que una vez realizado un relevamiento para determinar las categorías de cada una, quedarán poco más de 130, ya que muchas serán absorbidas por otras. En ese sentido, se declararía comuna a toda “comunidad natural” que congregue una población estable de entre 200 y 1.500 habitantes.
La Constitución ordena que la ley reglamentaria del régimen de las comunas determine su circunscripción territorial y categorías, asegurando su organización bajo los principios del sistema democrático, con elección directa de sus autoridades, competencias y asignación de recursos. Esto incluye la potestad para el dictado de ordenanzas, alcance de sus facultades tributarias, el ejercicio del poder de policía, la realización de obras públicas, la prestación de los servicios básicos, la regulación de la forma de adquisición de bienes y las demás facultades que se estimen pertinentes.(RecintoNet)