La sesión será esta noche; el texto quedó reservado con tratamiento para este sesión. Ingresa narcomenudeo.
La sesión será esta noche; el texto quedó reservado con tratamiento para este sesión. Ingresa narcomenudeo.
Paraná.(RN). La Cámara de Diputados dará media sanción este martes al proyecto de ley que amplía la licencia por maternidad. El texto tiene despacho de comisión y está reservado para la sesión de hoy. Ademas ingresa a la cámara baja, con media sanción del Senado, el texto de «narcomenudeo».
Diputados aprobará este martes la ampliación de la licencia por maternidad, tal como lo anticipó RecintoNet. La idea que contará con la aprobación de los legisladores ya había sido planteada antes por Ana D´Angelo quien propuso la extensión de la licencia por maternidad para trabajadoras de los tres poderes del Estado, en sintonía con las recomendaciones de la OMS. Ahora se otorgarán 30 días previos al parto y 180 posteriores al mismo.
En la sesión de esta noche, el régimen que quedará aprobado establece licencias por maternidad y por nacimiento de hijo para todos los empleados públicos del Estado Provincial, en sus diferentes jerarquías, independientemente de su antigüedad y situación de revista, quedando comprendidos los empleados de los organismos centralizados y descentralizados”. En ese marco, fija: “La licencia por maternidad de toda trabajadora del Estado Provincial será de 180 (ciento ochenta) días corridos, con goce de haberes, previa acreditación del embarazo en la forma y en el plazo que reglamentariamente se establezca. En caso de nacimientos pre término el plazo será idéntico y se acumulará al descanso posterior al parto todo el lapso de licencia no gozado antes de aquél, hasta completar los 180 (ciento ochenta) días corridos. La licencia por maternidad debe ser otorgada 30 (treinta) días antes de la fecha estimada de parto. La trabajadora podrá optar excepcionalmente por reducir el plazo de licencia pre parto a 15 (quince) días corridos”.
En tanto, para el caso de “nacimientos múltiples, prematuros de riesgo o de hijo con discapacidad la licencia total por maternidad será de 210 (doscientos diez) días corridos, con goce de haberes”. Y, si el embarazo “se interrumpiere por aborto espontáneo o por razones terapéuticas, luego de transcurridos 6 meses de comenzado, o si se produjese alumbramiento sin vida, toda trabajadora estatal tendrá derecho a una licencia de 30 (treinta) días corridos, con goce de haberes”.
En tanto, “la licencia por nacimiento de hijo de todo trabajador del Estado Provincial será de 15 (quince) días corridos posteriores al parto, con goce de haberes. En caso de nacimientos múltiples, prematuros de riesgo o de hijo con discapacidad la licencia por nacimiento de hijo será de 25 (veinticinco) días corridos”. El proyecto contempla además los casos de los trabajadores del Estado Provincial “que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley estuvieren en uso de licencia por maternidad o por nacimiento de hijo gozarán automáticamente de los beneficios previstos en la presente norma”, e invita a los municipios y comunas a adherir.
Licencias
Según registró Recintonet, actualmente en la provincia el artículo 14 de la Ley Nº 3289 Estatuto del Empleado Público dispone “La agente tendrá derecho, cualquiera sea su antigüedad a una licencia por maternidad de noventa (90) días corridos con goce de haberes, a partir del octavo mes de embarazo”. Y, a partir del fin de la licencia por maternidad, “la agente gozará de dos horas diarias continuas al comienzo o finalización de la jornada, durante un lapso de noventa días corridos para la atención del recién nacido”. De esta forma se observa que la provincia no cumple con el plazo mínimo recomendado por la OIT, que es de 98 días, y según lo había marcado CIPPEC.(RecintoNet)