Un proyecto de ordenanza que prevé crear un registro de perros peligrosos, ingresó a comisión en el Concejo Deliberante de San José y podría ser tratado en la próxima sesión. Intenta regular la tenencia de canes.
Un proyecto de ordenanza que prevé crear un registro de perros peligrosos, ingresó a comisión en el Concejo Deliberante de San José y podría ser tratado en la próxima sesión. Intenta regular la tenencia de canes. Paraná.(RN). El bloque radical presentó un proyecto de ordenanza en el Concejo Deliberante de San José que prevé crear un registro de perros peligrosos, y podría ser tratado en la próxima sesión. En la actualidad la Ordenanza 18/2004 trata la cuestión aunque superficialmente, ya que los considerandos de la nueva iniciativa se refieren a la responsabilidad y compromiso social de cada dueño, sumado a la colaboración de los vecinos para identificar a los perros ‘potencialmente peligrosos’, permitiendo que estos sean registrados y controlados, contribuyendo así en alcanzar los objetivos de la Ordenanza.
El proyecto presentado precisa que los perros “potencialmente peligrosos” son aquellos animales “de cualquier raza y origen que pesen más de 20 kilogramos y midan más de 70 cm de alzada, identificándose asimismo a los canes que pertenezcan a cualquier pedigrí que hubiera atacado alguna vez a personas o que hayan sido adiestrados para el ataque y la defensa”. El artículo 2 indica que “todo animal que mordiera o lesionara a alguna persona u otro animal más de dos veces, ‘será considerado potencialmente peligroso’ y por consiguiente se lo deberá alojar en un espacio seguro y alejado de personas o semejantes con la excepción de quienes se encarguen de controlar su evolución, hasta que se observen indicios claros de su recuperación”, informa Disco FM.
Además se establece el “uso obligatorio de correa corta, collar y bozal para que los canes ‘potencialmente peligrosos’ circulen y permanezcan por las calles, parques, plazas y otros sectores públicos”.
En la División Inspección Municipal se crearía un “Registro de Animales Potencialmente Peligrosos”, con inscripción obligatoria y gratuita por parte de los propietarios o tenedores, siendo esta condición “indispensable” para que los animales puedan circular por la vía pública.
Al respecto, y a razón de poder controlar al perro, se deberá reglamentar un sistema de identificación del dueño, conteniendo datos tales de las tarjetas con DNI, domicilio y teléfono del amo, quedando registrados asimismo datos sobre la vacunación y demás antecedentes del animal.
Con esta medida, se afirma, que se podrá conocer la comercialización que se realiza desde las veterinarias y los criadores. En referencia a las ventas, estas quedarán prohibidas a menores de edad o discapacitados, si no hubiera un mayor responsable de la subsistencia y trato del animal. La comercialización deberá efectuarse utilizando la tarjeta de identificación y se deberán inscribir asimismo los cambios de dueños que sufra el can.